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Libro del Edificio, un documento imprescindible en la compra de obra nueva en Sevilla

Creado por Juan Manuel Gómez el 31/05/2020
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Cualquier artículo que compramos hoy en día, desde una camiseta hasta un ordenador, viene con instrucciones sobre su uso y/o mantenimiento. Sin embargo, en la compra más importante de nuestras vidas, la más costosa, la vivienda, hasta hace bien poco no traía Manual de Instrucciones. La Ley de Ordenación de la Edificación de 1999 (Ley 38/1999 de 5 de noviembre) recogió por fin esta necesidad bajo el término de Libro del Edificio.

La competencia para su desarrollo la tiene la Junta de Andalucía, que el 13 de noviembre de 2001 aprobaba el Manual General para el Uso, Mantenimiento y Conservación de los Edificios destinados a Vivienda. Con la abundante normativa existente en los últimos años, especialmente con la aparición del Código Técnico de la Edificación en 2006, ha sufrido ya varias actualizaciones. Actualmente, el Libro del Edificio se rige por la Orden de 30 de noviembre de 2009

Cuando compramos cualquier objeto lo normal es que venga con su Manuel de Instrucciones. Pues en la compra más importante de nuestras vidas, también es así. Este Manuel de Instrucciones de la vivienda de Obra Nueva es el Libro del Edificio.

Su regulación, tras recoger su necesidad la La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, es competencia de las Comunidades Autónomas.

La Junta de Andalucía, el 13 de noviembre de 2001 aprobó el Manual General para el uso, mantenimiento y conservación de los Edificios destinados a Vivienda. Ha tenido varias actualizaciones, en especial tras la aprobación del Código Técnico de la Edificación.

Actualmente se rige por la Orden de 30 de noviembre de 2009, por la que se aprueban las normas sobre las instrucciones particulares de uso y mantenimiento de los edificios destinados a viviendas y el Manual General para el uso, mantenimiento y conservación de los mismos.

Libro del Edificio ¿Qué es?

El Libro del edificio es por tanto nuestro Manuel de Instrucciones de nuestra vivienda. Lo recibiremos siempre que compremos una vivienda de obra nueva en Sevilla. A través de él conoceremos los entresijos de nuestra vivienda, qué Agentes participaron en su construcción, qué materiales se emplearon, quién los instaló, como funcionan sus instalaciones, cómo proceder ante las compañías suministradoras, etc.

Es una obligación del Promotor su elaboración (recogiendo de cada uno de los Agentes la parte que les corresponde) y entrega a los clientes en el plazo establecido, que se fija como máximo en la fecha de entrega de llaves. Esto es lo habitual, recibirlo conjuntamente con las llaves de nuestra vivienda al formalizar la escritura de compraventa.

En el Libro del Edificio vendrá también el Manual de Uso y Mantenimiento del Edificio, donde se registrarán las actuaciones que vayan realizando en él y que se convertirá en un elemento muy importante para el futuro, pues contará la historia de nuestra vivienda ante una posible venta.

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Elementos que lo componen

Como venimos diciendo, el Libro del Edificio en Andalucía se divide en dos partes, por un lado, todo lo referido a documentación de la obra ejecutada y, por otro, el comentado Manual e Uso y Mantenimiento.

Documentos de obra que deben figurar en el Libro del Edificio

Podemos diferencia dos tipos de documentación. Una, la que se entrega al representante de la Comunidad de Propietarios y, otra, a cada propietario de vivienda. La primera, lógicamente, es más densa e incluye todas las instalaciones comunes del edificio y en el se recogerán en el futuro las actuaciones comunitarias de conservación y mantenimiento del edificio, que vendrán ya predefinidas.

En la parte de cada vivienda recogeremos las reformas a las que podamos llevar a cabo nuestra vivienda con el transcurrir de los años.

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Documentación:

A) La relación identificativa de los agentes que han intervenido. Es una relación pormenorizada de los Agentes intervinientes en la edificación

B) El proyecto, con la incorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente aprobadas por el Promotor.

C) El Acta de recepción. Es un documento donde se recibe la obra por parte del Promotor y que firman constructor y dirección facultativa de la obra.

D) El Certificado Final de Obra.

E) Las Instrucciones de Uso y Mantenimiento del edificio y sus instalaciones.

F) Documentación del Control de Recepción en obra de los productos, equipos y sistemas incorporados. Su responsable es el Arquitecto Técnico Director de Ejecución de la obra.

G) Certificado de eficiencia Energética del Edificio Terminado.

H) Documentación Instalaciones Térmicas del Edificio, RITE.

I) Libro de subcontratación.

J) Otros. Otra documentación que, con carácter no exhaustivo, listamos a continuación:

– Acta de recepción del Libro del Edificio

– Licencia de Obra

– Licencia de Primera Ocupación

– Escritura de Obra Nueva

– Documentos acreditativos de las garantías obligatorias

– Boletín de instalación de agua y Memoria Técnica Diseño Instalación Eléctrica (B.T)

– Pólizas de seguros del edificio

– Certificados de instalaciones

– Cédulas de calificación definitiva, en Viviendas Protegidas

– Cédula de habitabilidad

– Escrituras de división horizontal y obra nueva.

Toda esta documentación constituirá el Libro del Edificio, que será entregado a los usuarios finales del edificio por el Promotor.

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